CAPITULO I.- Sobre el servicio social de Enfermería General
CAPITULO II.- Marco Normativo
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 4to y 5to). Ley General de Profesiones. Reglamento de la Ley General de Profesiones. Ley de Secretarías y Departamento de Estado. Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos. Reglamento Interno de la Secretaría de Salubridad y Asistencia Reglamento de Servicio Social (SEPyC), Reglamento de Servicio Social de la institución.
- El servicio social es una fase obligatoria de la currícula de la carrera de enfermería, a través del cual, el pasante aplica los conocimientos, habilidades y destrezas que ha adquirido durante los tres años que ha cursado en nuestra institución educativa, prosiguiendo este año con su preparación profesional, a la vez que retribuye a la sociedad por lo recibido en su trayectoria escolar, estableciendo contacto directo con la comunidad donde prestará el servicio social, éste puede ser prestado gratuitamente o recibir beca, según sea el tipo de asignación.
- El servicio social del pasante de enfermería lo realiza en unidades de salud de primero y segundo nivel de atención, durante un período de un año ininterrumpido, con turno diario matutino de seis horas, siendo variadas las actividades que realiza; en este documento se orienta sobre los derechos, obligaciones y el procedimiento administrativo para la realización del Servicio Social.
- El servicio social en el área de Enfermería contempla con principal propósito académico el reforzamiento y la actualización en la prestación de atención de Enfermería, en las áreas asistenciales, administrativas, de investigación, gestión y docencia.
CAPITULO II.- Marco Normativo
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 4to y 5to). Ley General de Profesiones. Reglamento de la Ley General de Profesiones. Ley de Secretarías y Departamento de Estado. Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos. Reglamento Interno de la Secretaría de Salubridad y Asistencia Reglamento de Servicio Social (SEPyC), Reglamento de Servicio Social de la institución.
Es la prestación que marca en el Marco Normativo de la SEP e indica que todos los alumnos de los CETis, CBTis y escuelas particulares incorporadas con reconocimiento oficial de validez de estudios, perteneciente a la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial que deseen obtener su título de técnico profesional y poder concluir sus estudios, debiendo prestarlo en el Sector Gubernamental,
El plantel CETis No. 97, convoca a los alumnos (Únicamente 5to Semestre) y egresados de las especialidades de Administración de Recursos Humanos y Construcción, de esta institución educativa a participar como prestador de servicio social en el INEA, dentro del “Movimiento Nacional por la Alfabetización y la Educación”.
Ing. Rodolfo Becerril
Jefe de Servicios Escolares
SERVICIOS ESCOLARES
595 92 80358

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carta_de_solicitud_al_servicio_social.pdf |

guia_de_anatomia_y_fisiologia_cetis_97.pdf |